DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO interpuesta por el ciudadano DARIEL JOSE ALVARADO PADILLA, por lo que, se ordena rectificar la partida de nacimiento signada bajo el Nº 1011, correspondiente al año 2001, en el asiento del libro 03 que reposa por ante la hoyOficina de Registro Civil Municipal, del municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, y del duplicado llevado por ante el Registro Civil Principal del Estado Zulia, en el sentido siguiente, en su asiento donde se lee: "E-8.180.562" como el número de cédula de identidad de la ciudadana IDA LUZ PADILLA MENDOZA, progenitora del solicitante DARIEL JOSE ALVARADO PADILLA, debe leerse: "E-81.951.365". Así se .....