VI.- Dispositivo:
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda , en consecuencia, ordena:
PRIMERO: Rectificar el acta de matrimonio N° 37 de los ciudadanos GIOVANNI GIUFFRIDA AMARA y ESMERALDA DE JESUS FRANCO MEDINA, asentada en fecha trece (07) de diciembre del mil novecientos sesenta y dos (1962), llevada por ante el extinto juzgado de Municipio Cacique Mara del Estado Zulia hoy Juzgado sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco en la circunscripción judicial de Estado Zulia en el sentido, que se corrija en su contexto lo siguiente:
A.- En su contenido donde se lee "JUAN GIUFRIDA AMARA" debe leerse "GIOVANNI GIUFFRIDA AMARA". Así se dec.....