PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho ERIKA MENDOZA, Defensora Pública Auxiliar Trigésima Novena (39) Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, en su carácter de defensor del ciudadano WILSON ALEJANDRO VALERA ARENA.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión No. 449-16, dictada en fecha 01.06.2016, por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en la cual se decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del mencionado imputado, por la presunta comisión de los delitos de ULTRAJE VIOLENTO, previsto y sancionado en el artículo 223 del Código Penal, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, y el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1 del Código Pen.....