DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el convenimiento presentado por la ciudadana DOLORES DELGADO, en el juicio que por ACCESIÓN ha incoado en su contra el ciudadano JUAN PARRA DUARTE, ya identificado.
SEGUNDO: Se ordena el archivo del expediente; y se ordena expedir las copias mecanografiadas solicitadas.
Se deja constancia que la parte actora ciudadano JUAN PARRA DUARTE, antes identificado, estuvo asistido por la profesional del derecho GIANNA PARRA PARRA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 140.475, y la parte demandada ciudadana DOLORES DELGADO, antes identificada, estuvo asistida por el profesional del derecho NAIMAR VERGARA .....