PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada MARÍA GABRIELA VILLAMIZAR ATENCIO, plenamente identificada en actas, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 7 de enero de 2009.
SEGUNDO: CONFIRMA la resolución dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial Del Estado Zulia, en fecha 7 de enero de 2009, en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA sigue el BANCO MERCANTIL C.A., BANCO UNIVERSAL, contra los ciudadanos MARIO JOSÉ PADRÓN MARÍN y JAEL ROMERO DE PADRÓN, plenamente identificados en esta sentencia.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.