En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, formulado por la Abogada en Ejercicio MILAGROS RUIZ, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano HECTOR TRINIDAD LIZARDO, en el presente juicio de DIVORCIO seguido en contra de la ciudadana SONIA DEL CARMEN DURAN, en fecha 16 de septiembre de 2.009, y pasándolo en autoridad de cosa juzgada.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obedece a la propia voluntad de las partes.-