Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición presentada por el profesional del derecho MANUEL ARAUJO GUTIERREZ, en su condición de Juez Profesional Integrante de la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con lo previsto en el ordinal 7° del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 90 eiusdem, para conocer del asunto penal signado CASO: VP03-R-2017-000925; con ocasión del recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho KARINA MAIORIELLO, Defensora Pública Auxiliar 1° Penal Ordinario, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Zulia, actuando en carácter de Defensora Pública del ciudadano JOSÉ JOAQUIN MORALES ÁVILA, contra.....