Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: INADMISIBLE la demanda de NULIDAD DE DOCUMENTO, REIVINDICACIÓN, DAÑOS Y PERJUICIOS Y COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES, incoada por los ciudadanos NANCY MARGARITA GONZÁLEZ RIVERO, ENNODIO SEGUNDO GONZÁLEZ RIVERO, EDINSON JOSE GONZÁLEZ RIVERO, ALFREDO JOSE GONZÁLEZ RIVERO, MARITZA ELENA GONZÁLEZ RIVERO, EDGAR JESUS GONZÁLEZ RIVERO Y PEDRO JOSE GONZÁLEZ RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.125.991, V-12.328.723, V-13.361.950, V-5.780.861, V-8.715.250, V-8.718.742 y V-8.720.670, respectivamente, domiciliados todos en el municipio Baralt del estado Zulia, en contra los ciudadanos YENDRY JOSE GONZÁLEZ GONZÁLEZ Y RAUL JOSE ROJAS DURAN, venezolanos, may.....