PRIMERO: HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO y quedará como autoridad de cosa juzgada, en el juicio que por Cobro de Cuotas de Condominio sigue la Junta de Condominio del Centro Comercial GALERIAS MALL, debidamente inscrita ante el Registro Publico del Segundo Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día nueve (09) de octubre de 1997, anotado bajo el Nº 45, Tomo 3, Protocolo Primero, solo en lo que respecta a la sociedad mercantil REPRESENTACIONES PERLOSCI, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día nueve (09) de febrero de 1976, bajo el Nº 18, Tomo 5-A. representada por el ciudadano PIETRO SCIDDURLO BONASORA, venezolano, mayor de edad, titular de cedula de identidad Nº V-7.815.656, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en su carácter de propietaria de los locales comerciales distinguidos con las siglas PB- ESTE Nº 12, PB-ESTE Nº 13 y PB ESTE Nº 17; y el ciudadano LEONARDO SUGLIO AGRESTI, venezola.....