PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación de autos, interpuesto por el Abogado SERGIO DAVID ARAMBULO ARAMBULO, Fiscal Provisorio adscrito a la Fiscalía Décimo Sexta (16°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Santa Bárbara y con competencia plena.
SEGUNDO: REVOCA la Nro. 235-2017, de fecha 20 de Diciembre de 2018, dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia- extensión Santa Bárbara.
TERCERO: ORDENA al Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia- extensión Santa Bárbara, practicar la aprehensión de los ciudadanos WUILINTO ACOSTA GALBAN y DARIO PEREZ AMADOR, en caso de haberse hecho efectivas las medidas cautelares otorgadas, y que fueron revocadas mediante el presente fallo. La presente decisión fue dictada, conforme a lo previsto en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.