Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONSUMADO el acto procesal de Desistimiento de la Acción, realizado por la abogada ANDREA PANTOJA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 229.148, en su carácter de apoderada Judicial de la parte accionante ciudadana ARELIS CLARIBEL RUIZ URIBE, en consecuencia, se HOMOLOGA el presente DESISTIMIENTO adquiriendo carácter de Cosa Juzgada, quedando extinguido el derecho material y la relación procesal.
SEGUNDO: SE ORDENA el levantamiento de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 13 de Julio del presente año, por último este Juzgado ordena archivar el expediente, dando por terminado el .....