IV
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición presentada por la profesional del derecho ANDREA CAROLINA RINCÓN CEDEÑO, en su condición de Jueza Provisoria adscrita al Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas, para conocer de la causa signada con el N° VP11-P-2013-002873, seguida en contra del ciudadano FRANCISCO PEÑA FUENMAYOR, por la presunta comisión del delito de DESACATO A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 483 del Código Penal, en perjuicio de la ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, de conformidad con lo establecido en los artículos 89.7, 90 y 99 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sal.....