Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos LOUIS BELTRÁN OVIEDO e YMERDA DE JESÚS URDANETA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-5.716.634 y V-10.080.828, respectivamente, domiciliados en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia; asistidos por el abogado en ejercicio OMAR DE JESÚS MORALES RESTREPO, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 141.760, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día quince (15) de Noviembre de 1988, por ante la Prefectura del Municipio Santa Rita del Distrito Bolívar del Estado Zulia hoy Intendencia de la Parroquia Santa Rita; dejándose expresa constancia que l.....