Por las razones y fundamentos expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE EJECUCI6N DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO al penado ENDER EDUARDO PINEDA VILORIA, de nacionalidad venezolana, natural de Valencia, Estado Carabobo, titular de la cedula de identidad N° 11.390.291, hijo de Teodoro Enrique PJneda y Dilia del Carmen Pineda, residenciado en la Avenida Principal del Paraiso, plaza San Jacinto, frente al abasto La Rosa y quien debera residir a partir de la presente fecha en la siguiente direccion: calle Carabobo, Prolongacion Miranda, al lado de la capilla de la Virgen del Valle, Sector Palo Negro, casa S/N, Maturin, Estado Monagas, el tiempo que dure la condena y presentarse mensualmente por ante la Intendencia mas cercana a su residencia hasta el 27-12-2009, fecha en la cual cumple la pena principal y las accesorias de Ley las cumple en fecha.....