IV.- DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Noveno de Juicio constituido en forma Mixta del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ANGEL RAFAEL SILIE ESCORCIA, de nacionalidad venezolana, natural del Maracaibo, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 14.369.136, de profesión u oficio Plomero, hijo de ADAN BOPCANEGRA y de DIGNA SILIE, residenciado en el Barrio Las Coruvas, calle 15C, CASA No. 3-114 Maracaibo Estado Zulia; por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el Artículo 455 del Código Penal en concordancia con el artículo 80 Ejusdem, cometido en perjuicio del ciudadano JOSE TRINIDAD URDANETA MONTIEL, todo de conformidad con lo establecido con lo establecido en los artículos 45, 48 ordinal 7°, en concordancia con el arti.....