DECRETA la SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES de los ciudadanos Enmanuel Daniel Quijada Ordaz y Alba del Valle Mendoza Ramos, respecto al vinculo matrimonial que fuera contraído ante el Registro Civil del Municipio Marcano del Estado Nueva Esparta, el día veintinueve (29) de diciembre de 2006, en los mismos términos y condiciones expuestos por los solicitantes en su escrito inicial, de conformidad con los Artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en los artículos 349, 351, 352, 358, 359, 360, 365, 369, 385 y 386 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en atención a las disposiciones expuestas y a la manifestación de las partes. En consecuencia, se HOMOLOGAN en todas y cada una de sus partes los acuerdos respecto a las Instituciones Familiares dirigidos al niño de autos. Asimismo, se HOMOLOGA el acuerdo respecto a la Comunidad de Gananciales en los mismos términos y condiciones por ellos suscrito, considerándolos asunto pasado .....