Así las cosas, y llenos como están los extremos del artículo 585 de la norma adjetiva civil, este Tribunal en uso del poder cautelar del Juez, de conformidad con lo establecido en los artículos 585 y 588 ordinal 3° del Código de Procedimiento Civil, a los fines de garantizar el bien que conforman la comunidad conyugal que se pretende liquidar, y demostrados los extremos de ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre un vehículo Clase: Camión, Tipo: Estaca, Marca: Chevrolet, Modelo: C-31, Uso: Carga, Placa del vehículo: 393-XCG, Serial de Carrocería: CR33TJV209631, Serial del Motor: TJV209631, Año: 1988, Color: Blanco, salvo los derechos de tercero.