Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda intentada por el ciudadano RICHARD ALBERTO HERRERA VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.860.953 y de este domicilio, en contra de los ciudadanos JUVENCIO COLINA y JUVENCIO COLINA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nº 15.845.900 y 3.648.750, respectivamente y de este domicilio; con motivo de un ACCIDENTE DE TRANSITO, ocurrido el doce (12) de octubre de dos mil cuatro (2004), aproximadamente a las dos de la tarde (02:00 p.m.), en la intercepción de la avenida Bella Vista, con calle 60, específicamente frente al restaurante Nueva Mercedes, en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, donde participaron los sigui.....