Dispositiva.
Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Superior Primero en lo Civil,
Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas,
administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad
de la Ley, y con apego a los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, declara la
PROCEDENCIA de la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y SIN LUGAR la apelación ejercida por
la abogada TAMARIS COROMOTO DÍAZ, en su carácter de Apoderada judicial de la parte
demandante ciudadano WUCHENG FENG, siendo dicho recurso realizado en contra de la
decisión de fecha 28 de Enero de 2020, proferida por el Tribunal Primero de Primera
Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado
Monagas, en el juicio que por NULIDAD ABSOLUTA DE CONTRATO DE VENTA, llevado en
contra de los ciudadanos HUANG WIALONG, MING WEI ZHENG y AL LI LI de ZHENG. En
los términos expresados se RATIFICA en todas sus parte.....