PRIMERO: INADMISIBLE POR INIMPUGNABLES los puntos primero y tercero del recurso de apelación presentado por las profesionales del derecho, LESLIS MORONTA LOPEZ y MARIA FERNANDEZ, en su carácter de defensoras de los ciudadanos JORGE GREGORIO PACHECO y ADRIAN ARTURO SANCHEZ, de conformidad con el contenido del artículo 428, literal c del Código Orgánico Procesal Penal, y con lo expuesto en la jurisprudencia vinculante emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia N° 1303, de fecha 20 de Junio de 2005, cuya ponencia estuvo a cargo del Magistrado Francisco Carrasquero.
SEGUNDO: ADMISIBLE el particular segundo del recurso presentado contra la decisión N° 075-17, de fecha 19 de Enero de 2017, emanada del Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con lo estipulado en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.