Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente Acción de Amparo, interpuesta por el profesional del derecho FRANKLIN GUTIERREZ, actuando con la presunta condición de Defensor Privado DAVID NELSON LÓPEZ TAPIA, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-10.434.429, de 42 años de edad, fecha de nacimiento 13/10/1969, de Profesión residenciado en la Urbanización Terrazas del Lago II, Sector Brisas del Sur, Casa B-15, Municipio Maracaibo, estado Zulia, teléfono N° 0424-635.20.87, en su carácter de penado, en contra de la omisión por parte del Juzgado Único de Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia en Materia .....