Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda OTORGAR EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado WILMER ALBERTO NAVA RIVAS, venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, titular de la cédula de identidad Nº 11.281.615, fecha de nacimiento 14-02-1973 soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Ana Rivas y de Bartolo Nava, domiciliado en el Barrio Los Claveles, Calle 96D, Casa N° 46-42 Maracaibo Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente Decisión; notifíquese a la Fiscal 27° del Ministerio Público, ofíciese a la Cárcel Nacional de Maracaibo, ordenando el traslado del referido penado a este Tribunal, a objeto de darse por notificado de la presente de.....