LA NULIDAD ABSOLUTA DEL PROCEDIMIENTO DE APREHENSION DEL CIUDADANO ADOLESCENTE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, Y EN CONSECUENCIA ORDENA LA LIBERTAD PLENA DEL MISMO en virtud de lo planteado, por cuanto que, al momento de su detención, fueron inobservadas garantías fundamentales, al no evidenciarse la lectura de los derechos del imputado B.- Sin embargo por cuanto se observa del Acta Policial que existe la presunta comisión de un hecho punible, perseguible de oficio y cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita, lo cual amerita una investigación, por parte del Ministerio Público, a objeto de determinar la responsabilidad penal o autoría de quien haya incurrido en la comisión del mismo, en consecuencia considera que es procedente en derecho la solicitud formulada por la Vindicta Pública, y con la cual manifestó su acuerdo la Defensa, y en atención a éllo, se acuerda la prosecu.....