IV.- DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECRETA MEDIDA DE SECUESTRO sobre un bien mueble constituido por un vehículo Marca: CHEVROLET, modelo tipo OPTRA, año: 2007, color: AZUL, uso: PARTICULAR, serial de motor T18SED204898, serial de carrocería: 9GAJM52347B087066, placas: GDK220, la cual se encuentra en posesión de la parte demandada ciudadano LEANDRO LENDY FUENMAYOR AÑEZ, antes identificado y NIEGA el pedimento antes solicitado con relación a la orden de retención del vehículo solicitadas por los abogados EMILIO PAUL ALDAZORO HERRERA y CIRA ELENA OCANDO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos.31.233 y 87.879, apoderados judiciales del BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL. Y ASÍ SE DECIDE.-
No hay .....