DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
1. SIN LUGAR LA OPOSICIÓN A LA MEDIDA DE SECUESTRO, decretada sobre el bien inmueble plenamente identificado en actas, formulada por la representación judicial de la parte demandada, anteriormente identificados.
2. SE RATIFICA LA MEDIDA DE SECUESTRO decretada en actas en fecha veintiséis (26) de agosto de 2021, sobre un inmueble ubicado en la avenida 10 del Sectir Pueblo Nuevo en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del estado Zulia, integrado por un inmueble ubicado en la avenida 10 del Sector Pueblo Nuevo en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, integrado por una casa-quinta y el terreno sobre el cual se encuentra cons.....