DISPOSITIVO:
En razón de lo antes expuesto, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA INSPECCION EXTRALITEM SOLICITADA, por el Ciudadano JAMROB RAMIREZ SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 15.553.160, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 152.317, domiciliado en el Municipio Cabimas del estado Zulia, actuando en este acto en nombre y representación del Ciudadano DANIEL QUIJADA PETIT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 7.732.750, de igual domicilio.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Cab.....