DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA SUSPENSIÓN de la MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha dieciséis (16) de abril de 2018, en el juicio de DIVORCIO, YULY COROMOTO VELANDRIA DE OCANDO, en contra del ciudadano FREDDY RAMON OCANDO, ambos plenamente identificadas en la parte narrativa de este fallo.
SEGUNDO: Se ordena oficiar al REGISTRADOR INMOBILIARIO DEL TERCER CIRCUITO DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, a fin de participarle sobre lo aquí ordenado.
TERCERO: No hay condenatoria a en costas, en virtud de lo especial del fallo.
Publíquese y regístrese. Incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsi.qob.ve, así como en la página www.zulia.scc.orq.ve. Dé.....