Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos NERELYS DEL VALLE PORTILLO URDANETA Y NEURIS ENRIQUE VILLASMIL URDANETA, el día 28 de abril del año 1994, ante el Jefe Civil de la Parroquia Encontrados del Municipio Catatumbo del estado Zulia signada con el No.11