Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar el procedimiento de Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA DE CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano JEAN CARLOS ORTEGA Alias El YANKA, Venezolano, Cedula de identidad Nº 14822733, Fecha de Nacimiento 21/06/2010, barbero, Estado Civil Soltero, de 30 años de edad, Teléfono 0416-4608985; hijo de Faride Ortega y de Paulo Chacin residenciado en Calle 80, Casa 18 A-146, Vía la Concepción, de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Proc.....