Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN por la parte actora, se le imparte la aprobación y judicial decreto, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo del juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS seguido por la ciudadana ENELA JOSEFINA MORENO ARRIETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.082.570, domiciliada en esta Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistida por el Abogado ALEXIS DEVIS DAZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 21.326; en contra del ciudadano JUAN MANUEL URBINA BORJAS, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 13.188.666, y domiciliado en esta Ciudad y Municipio Cabimas del Estado Zulia. Archívese el presente expediente en su oportun.....