DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO DÈCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION celebrada entre las partes intervinientes en este juicio interpuesto por el ciudadano JOSE NUÑEZ GALLARDO contra de las Sociedades Mercantiles SIRACUSA IMPORT, C.A. y FERRARI CRANE, C.A , teniéndose la misma con Autoridad de Cosa Juzgada.
SEGUNDO: Se ordena agregar al expediente las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Se declara terminado el proceso y se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia por secretaria.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Sustancia.....