Por los fundamentos expuestos esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana YELIXZA DEL CARMEN PÉREZ MORAN, asistida por los abogados en ejercicio DALIZAMAR RAMÍREZ SÁNCHEZ y MAURICIO MENDOZA MONTIEL, contra la decisión N° 5C-1698-13, de fecha 23.07.2013, emitida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, la cual negó la entrega del vehículo Marca: Ford, Clase: Camión, Tipo: Estacas, Año: 1976, Serial de Carrocería, AJF37S52999, Serial del Motor: V-8, Color: Almendra, Modelo: F-350, Uso: Carga, Placas: A60AT0S, a la mencionada ciudadana; todo de conformidad con lo dispuesto en el literal "b" del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo estableci.....