Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, se le imparte la aprobación y judicial decreto, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO INTIMATORIO, intentado por "MERCANTIL C.A." (BANCO MERCANTIL), RIF N° J-00002961-0, con domicilio en Caracas, originalmente inscrito en el Registro de Comercio del Distrito Federal, el Tres de Abril de 1925, bajo el N° 123 y cuyos actuales Estatus Sociales, constan de asiento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, el 28 de Septiembre de 2011, bajo el N° 46, Tomo 203-A; representada por el abogado VALENTIN RISSON SOTO, co.....