este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara formalmente secuestrado el inmueble donde esta constituido y anteriormente identificado, por ser el mismo que aparece señalado en el despacho comisorio, tal y como fue determinado por el experto designado en este acto, y lo puso en posesión de la parte actora-secuestrataria judicial designada, quien lo recibió libre de personas y bienes del demandado, dejándose constancia que los bienes que se encuentran en el inmueble forman parte del contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, y el experto designado determino que son los que aparecen identificados en dicho contrato el cual tuvo a la vista el Tribunal, con excepción de dos cuadros con motivos de pájaros, una batidora moulinex, una aspir.....