Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: Consumado el acto procesal de convenimiento, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) seguido por el ciudadano LUIS MELENDEZ , en contra del ciudadano JOSE PERDOMO identificados en la parte narrativa de este fallo, homologándolo e impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada.
Se ordena Oficiar al Jefe del Departamento de Nominas de la Universidad del Zulia, en el sentido de ordenarle a que proceda a hacer entrega por la Caja Principal de L.U.Z, la ciudadano LUIS MELENDEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 4.155.262 de la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs. 1.365.000,00). ASÍ SE RESUELVE.-.
No hay condenator.....