Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha Catorce (14) de Mayo de 2012, por los ciudadanos: ELEIDA ROSA URRIBARRI CASANOVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.872.987, domiciliada en la Calle San Isidro, Sector Los Viejos, casa s/n, Municipio Santa Rita del Estado Zulia, asistido por los Abogados en Ejercicio ANA RAMOS, YOLEIDA RODRIGUEZ y ALVARO URRIBARRI, Inpreabogado N° 138.070, 138.074 y 47.885 respectivamente, y DALVIS ALBERTO PIRELA RINCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.601.268, domiciliado en Calle La Esperanza, Sector Morfina Ritera, Casa S/N, Municipio Santa Rita del Estado Zu.....