NOHEMY ORTEGA OSORIO, actualmente en etapa de estudio, la suma que corresponda a UN (1) salario mínimo del fijado por el Ejecutivo Nacional y que actualmente asciende a la suma de (Bs. 1.548,20), lo cual se deberá descontarse de las vacaciones o bono vacacional que perciba el obligado en su lugar de trabajo; dicho monto se incrementará automáticamente en la misma proporción que se aumente el salario mínimo a los trabajadores del país.
Las cantidades que correspondan en cada caso, deberán ser retenidas en su oportunidad del sueldo, aguinaldos y beneficios que perciba el demandado de autos en la Institución, Empresa u Organismo Público o Privado donde preste servicios. A fin de garantizar las manutenciones futuras a favor de la adolescente antes mencionada, se ordena retener de las prestaciones sociales y de cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al demandado, ciudadano ANGEL RAMIRO ORTEGA MORILLO, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que d.....