En base a lo antes expuesto, este Juzgado Décimo Tercero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA la Instancia y consumada la perención en este proceso; así mismo en virtud de la presente resolución se Levanta la medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en fecha 01 de Febrero de 2021, sobre el bien inmueble objeto del litigio y al efecto ordena oficiar al referido Registro Inmobiliario a los fines pertinentes.- Así se Decide.-
PUBLÍQUESE, NOTIFIQUESE A LA PARTE ACTORA, REGÍSTRESE, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fin.....