PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio SIMON JOSE ARRIETA QUINTERO, en su carácter de defensor del ciudadano CARLOS LUIS LEAL COLMAN, contra la decisión N° 1J-211-15, dictada en fecha 26 de Noviembre de 2015, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión impugnada, al evidenciar esta Alzada, que el fallo no vulnera el principio de proporcionalidad, no conculca lo establecido en el artículo 44 del Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ni menos aún omite alguna norma establecida en la legislación positiva.
TERCERO: Se insta al Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas, a los fines que realice todos los actos necesarios, con el objeto de dar inicio al juicio oral y público, en el asunto seguido en contra del acusado CARLOS LUIS LEAL COLMAN.