En virtud de todos los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA OPOSICIÓN formulada por la representación judicial de los Terceros ALFREDO ANTONIO HADDAD ABDALA y MARIA DE LOS ANGELES CUTILLAS DE HADDAD, anteriormente identificados, y SE REVOCA el embargo practicado sobre los bienes muebles descritos suficientemente en el Acta de fecha 17-08-04 (fs. 60 al 64) levantada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Villalba, Tubores y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial, en el apartamento Nro. N° 1-3-B, Nivel 3, del Edificio del Conjunto Residencial ¿Poison¿, Urbanización Playa El Ángel, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE ORDENA AL JUZGADO EJECUTOR PRAC.....