Por los razonamientos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, no tiene mas que decidir, en consecuencia, DECLARA:
PRIMERO: Se levanta la medida de embargo decretada por este Tribunal en fecha 03 de Mayo de 2006, y ejecutada por el Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolívar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 28 de Septiembre de 2006 sobre el veinte por ciento (20%) de las prestaciones sociales del demandado, y en consecuencia, se ordena oficiar a la empresa CONSORCIO Y&V-SIMACA, a los fines de informarle lo acordado.
QUINTO: ARCHÍVESE EL PRESENTE EXPEDIENTE, una vez que conste en actas la respu.....