Procedente la solicitud efectuada por el abogado ANTONIO JOSÉ VARGAS PACHECO. En consecuencia el mencionado abogado y el profesional del derecho JORGE ENRIQUE REGLA PUIG no ostentan la representación de la empresa PAMPATAR BAY CORP C.A., para este caso concreto en que se ventila una acción de simulación ySe anula parcialmente el auto de admisión de la demanda de fecha 12-11-2010, inserto a los folios 86 y 87 de este expediente, de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, y se ordena la citación de la sociedad de comercio demandada PAMPATAR BAY CORP C.A., en la persona de su directora, la ciudadana ÁNGELA DI GIANCARLO SEBASTIANI, mayor de edad, venezolana, ingeniero, titular de la cédula de identidad N° 6.810.998, domiciliada en la ciudad de caracas, Distrito Capital o en cualquiera de sus representantes legales.-