Por los fundamentos expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho Abog. SIMÓN JOSÉ ARRIETA QUINTERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 67.462, procediendo con el carácter de defensor del ciudadano FELIX ENRIQUE CELIS HERNANDEZ, en contra del auto de fecha 18 de diciembre del año 2003, dictado por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, por medio del cual se acuerda dejar sin efecto el acto de constitución de escabinos fijado para el día 6 de enero del año 2004, ordenando fijar sorteo extraordinario en la fecha antes indicada.