Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo en el ordinal 2 del Artículo 330 y 331 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la calificación dada por la Representación del Ministerio Público, como lo es la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, delito este imputado al ciudadano LUÍS RAFAEL MARTÍNEZ. CUARTO: Se acuerda mantener la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad a favor del imputado en razón de que el mismo la ha cumplido a satisfacción del tribunal. QUINTO: Se acuerdan las copias solicitadas por la Defensa. SEXTO: En relación a la solicitud de la defensa de Adherirse a las pruebas ofrecidas por la Representación Fiscal, este Tribunal la declara Con Lugar con fundamento en el Principio de la Comunidad de las Pruebas, en cuanto le favorezcan; es decir las mismas se hacen .....