Ahora bien, de conformidad con lo establecido en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, y revisados los documentos en los que se fundamenta la pretensión, este Juzgador considera que se encuentran demostrado los extremos legales exigidos en el articulo 585 del Código de Procedimiento Civil, por lo que de conformidad con lo establecido en el ordinal 3 del Articulo 588, en concordancia con el numeral 7° en su primer aparte del artículo 599 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia se decreta MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO sobre un inmueble constituido por las casilla N° 2 ,3 y 4 del local Nº 1, del bloque 1, del centro comercial Mercado las Pulgas, el cual posee una superficie aproximada de terreno de cincuenta y tres metros cuadrados con treinta decímetros cuadrados (53,30 M2) y consta de 2 plantas, la plata baja tiene un area de construcción de cincuenta y tres metros cuadrados con treinta decímetros cuadrados (53,30 M2) y la planta alta de cincuenta y.....