Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos ALEXANDER ALFONSO PEREZ RAMIREZ Y DAYANA CHIQUINQUIRA YEPEZ LOZANO, ya identificados, en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron el día dieciséis de abril del mil novecientos noventa y seis, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo Estado Zulia, como se evidencia del Acta de Matrimonio No. 122, expedida por la mencionada autoridad civil.