III.- Por los fundamentos expuestos:
Este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus CARMEN LUCIA LÓPEZ DE JORDAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-1.413.587 a los ciudadanos ZAIDA JORDAN DE CHACÍN, ESTEBAN JORDAN LÓPEZ, ERASMO LÓPEZ, HENRY JOEL JORDAN LÓPEZ, OMAR FRANCISCO JORDAN LÓPEZ y SAMIL JOSÉ JORDAN LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V.-2.864.239, V.- 2.864.238, V.- 4.173.144, V.- 7.521.080, V.- 7.527.994 y V.- 4.993.395 en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase en original, previa certificación de todas estas actuaciones.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certifica.....