DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA REVISIÓN DE MEDIDA, solicitada por la Abogada MARILIN OSORIO MACHADO, Defensora Pública Tercera Penal Ordinario e Indígena Wayuu, Adscrita a la defensa Pública del Estado Zulia, Extensión Villa del Rosario, por falta de cualidad para actuar en representación de la ciudadana LORENA FERRER, plenamente identificada en actas.
LA JUEZA NOVENA DE JUICIO
DRA. ALBA REBECA HIDALGO HUGUET.
LA SECRETARIA,
ABOG. MILAGRO MENDEZ.
En la misma fecha la presente resolución quedó registrada bajo el No. 171-11, se libraron .....