Por las razones que anteceden, este: Juzgado Primero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de conformidad con lo previsto en los artículos 188 y 189 del Código Civil y 12 y 762 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la Conversión de la Separación de Cuerpos en DIVORCIO solicitada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos REGULO ANTONIO BEJARANO MILLAN y ELISMENIA DEL CARMEN BLANCO DE BEJARANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-8.354.427 y V-5.913.800, de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado OSCAR ENRIQUE LEAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.729, cónyuges, según matrimonio civil por ante el Registro Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas, según consta de acta de ma.....