Este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la Reduplica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, en relación a las prestaciones sociales, por el tiempo señalado en la cláusula primera, se le imparte el carácter de cosa juzgada y se ordena archivar el expediente.
LA JUEZ
DRA. ANA ÁVILA.
EL SECRETARIO.